La inmigración es un proceso complejo con un conjunto amplio de normas que aplican a diferentes situaciones. Estas normas cambian frecuentemente, lo cual lo hace más complicado. Trabajamos en estrecha colaboración con nuestros clientes para estar al tanto de esos cambios y comprender cualquier cambio en la regulación que se aplicaría a ellos.
Recientemente, hubo noticias sobre uno de esos cambios, la eliminación del Título 42 con respecto al asilo. Es importante mencionar que este cambio no afecta a todos los migrantes o a aquellos que han solicitado asilo.
¿Qué es el Título 42?
El Título 42 es el nombre de una autoridad sanitaria de emergencia que se emitió en marzo de 2020 durante la pandemia. Permitió a los oficiales estadounidenses rechazar a los inmigrantes que llegaban a la frontera entre Estados Unidos y México. Su intención era prevenir la propagación del COVID-19.
Bajo el Título 42, los agentes fronterizos regresaron a los migrantes a través de la frontera y se les negó el derecho a solicitar asilo. Las familias y niños que viajaban solos estaban exentos.
¿Qué cambió?
En enero, el gobierno anunció el fin de la emergencia nacional por COVID-19. Esto eliminó las restricciones del Título 42. El Título 42 se reemplazó con una serie de nuevas políticas acerca del cruce ilegal de la frontera. Ahora hay consecuencias más estrictas por cruzar la frontera de forma ilegal. Aquellos que sean descubiertos no tendrán permitido regresar por cinco años y podrán enfrentarse a un proceso penal.
Nuevas reglas de asilo
Cualquiera que venga a EE. UU. puede solicitar asilo bajo las leyes internacionales de EE. UU. Cuando alguien venga a la frontera de EE. UU. – México y solicite asilo, serán examinados para determinar si tienen un temor creíble de persecusión. El caso se envía al sistema judicial de inmigración para dererminar si pueden quedarse en EE. UU. Este proceso puede tomar años y por lo general, se libera a los individuos en EE. UU. para esperar a que su caso termine.
Bajo las nuevas reglas, los individuos deben buscar protección en el país por el que viajaron o solicitarlo en línea. Esto está siendo impugnado en tribunales.
El programa de Revisión Rápida de Solicitudes de Asilo se amplió para acelerar el proceso. Este programa pone las entrevistas de temor creíble en una vía rápida cuando las personas están detenidas bajo la custodia de la Patrulla Fronteriza (CBP, por sus siglas en ingles) Además, se espera que las entrevistas de las personas bajo custodia de CBP la se realicen dentro de las horas posteriores a la detención.
Opciones de Asilo
Los EE. UU. aceptarán hasta 30,000 personas provenientes de Venezuela, Haití, Nicaragua y Cuba que hayan viajado por aire, cuenten con un patrocinador y hayan realizado su solicitud en línea. El Gobierno también permitirá el acceso de hasta 100,000 personas provenientes de Guatemala, El Salvador y Honduras si tienen familia en EE. UU. y hacen su solicitud en línea.
¿Qué pasa con los migrantes que ya se encuentran en EE. UU.?
Las nuevas normas no impactarán casos en proceso o solicitudes de asilo realizadas antes del cambio. Aquellos que están esperando audiencia pueden permanecer en donde se encuentren.
Si tiene alguna pregunta sobre su estado o el estado de un miembro de su familia, comuníquese para una consulta. Podemos ayudarle a comprender sus derechos y navegas por el sistema.